Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia

AutorAlberto Palomar (Magistrado de lo contencioso- administrativo) y Javier Vázquez (Letrado de la Comunidad Autónoma de Illes Balears y de la Administración de la Seguridad Social)

Con la intención de desarrollar políticas de integración de los inmigrantes el Gobierno creó, dependiendo de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, la Dirección General de Integración de los Inmigrantes a la que se le asignan competencias en materia de promoción de políticas de igualdad de trato y no discriminación por el origen racial o étnico.

En el marco de estas competencias se adscribe, el Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia, creado al amparo de lo dispuesto en el art. 71 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (LODLEE) , que asigna al Observatorio funciones de estudio y análisis, y con capacidad de elevar propuestas de actuación, en materia de lucha contra el racismo y la xenofobia.

Contenido
  • 1 Funciones del Observatorio Español del Racismo y Xenofobia
  • 2 Ver también
  • 3 Recursos adicionales
    • 3.1 En formularios
    • 3.2 En doctrina
  • 4 Legislación básica
Funciones del Observatorio Español del Racismo y Xenofobia

Su funciones son las que siguen:

1) Aportar un diagnóstico periódico de la situación del racismo y la xenofobia en España.

  • Se identifican estudios de opinión o sociodemográficos de carácter general ya elaborados, que recogen algún elemento de interés en esta materia.
  • Se identifican fuentes de carácter general que recogen algún elemento de interés en esta materia.
  • Se identifican qué datos pueden ser útiles para elaborar el diagnóstico: número de quejas presentadas, resultados de dichas quejas, incidentes, delitos, datos sobre tratamiento en los medios de comunicación, datos sobre organizaciones y grupos con motivaciones racistas, datos sobre divulgación de ideas racistas o xenófobas, etc.
  • Se identifican los actores fundamentales que pueden aportar dichos datos: (CCAA, Entidades Locales, ONG’s, CIS, INE, CSIC, Universidades, Institutos, etc.).
  • Los diagnósticos elaborados por el Observatorio se facilitan a través de la publicación de estudios, informes e investigaciones.
  • Se abre un proceso de consulta con los actores identificados.

2) Establecer redes de comunicación formal e informal con los órganos y organizaciones nacionales e internacionales que trabajan en la lucha contra el racismo y la xenofobia. El Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia es el organismo interlocutor de:

  • El Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia.
  • La Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia.
  • La Comisión Europea en...

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